Importación de equipos audiovisuales

Importación de equipos audiovisuales

El Cuaderno ATA es una regulación que permite importar o exportar, de manera temporal, material audiovisual a un territorio determinado, mediante una sencilla tramitación que se realiza en las cámaras de comercio de cualquier ciudad o comunidad autónoma. Para obtener un Cuadernos Ata es necesario que la productora extranjera aporte el listado de equipos audiovisuales, sus facturas y un depósito, si le corresponde.

El monto del depósito está condicionado por el país de origen del material:

  • Depósito del 100% del valor del material: Argelia, Botswana, Croacia, India, Israel, Lesotho, Líbano, Macedonia, Marruecos, Namibia, Rusia, Sudáfrica, Swazilandia, Tailandia, Túnez, Turquía y China.
  • Depósito del 50% del valor del material: Australia, Bulgaria, Canadá, Corea del Sur, Costa de Marfil, Estados Unidos, Gibraltar, Guadalupe, Hong Kong, Islandia, Japón, Malasia, Martinica, Mauricio, Noruega, Nueva Caledonia, Nueva Zelanda, Rumania, Saint-Pierre-et-Miquelon, Senegal, Singapur, Sri Lanka, Suiza y Tahití.
  • Depósito del 25% del valor del material: Canarias y Andorra (excepto grupos musicales y teatrales).

La importación temporal entre países que no estén entre los mencionados no tienen la obligación de realizar el depósito, aunque sí es necesario efectuar la tramitación adecuada en los consulados del país de destino.

Cada cuaderno tiene una validez temporal, período en el cual se debe reingresar el material al país de origen.

Listado de Cámaras de Comercio en España

https://www.camara.es/red-global​