¿Cuáles son los gastos elegibles relativos al personal creativo?
A los fines de calcular la base de aplicación del incentivo fiscal, se entenderá por personal creativo a:
- Los autores: el director, el guionista, el director de fotografía y el compositor de la música.
- Los actores y otros artistas que participen en la obra.
- El personal creativo de carácter técnico: el montador jefe, el director artístico, el jefe de sonido, el figurinista y el jefe de caracterización
Todos deben tener domicilio fiscal en España o en el Espacio Económico Europeo y estos gastos tendrán un límite de 100.000 € por persona
A los fines de calcular la base de aplicación del incentivo fiscal, se entenderá por personal creativo a:
- Los autores: el director, el guionista, el director de fotografía y el compositor de la música.
- Los actores y otros artistas que participen en la obra.
- El personal creativo de carácter técnico: el montador jefe, el director artístico, el jefe de sonido, el figurinista y el jefe de caracterización
Todos deben tener domicilio fiscal en España o en el Espacio Económico Europeo y estos gastos tendrán un límite de 100.000 € por persona