Animales

Para los rodajes en los que se vayan a utilizar animales, debe tenerse en cuenta que la legislación vigente prohíbe que sean usados en espectáculos públicos u otras actividades en los que sean objeto de burla, en los que la integridad física del animal utilizado esté en peligro o que se pueda herir la sensibilidad de las personas que lo ven.

Existen en España empresas con una dilatada experiencia dedicadas a proporcionar animales de todo tipo para rodajes de cine y televisión que cumplen con todos los requisitos legales necesarios para realizar sus actividades con las debidas inspecciones administrativas, veterinarias, etc. por parte de los organismos competentes y conforme a la legalidad vigente.

Si los animales provienen de fuera de España, deberán contar con las autorizaciones correspondientes para importarlos a nuestro país. Cuando los animales provengan de dentro de la Unión Europea, las autorizaciones se emiten en las comunidades autónomas y deben pasar un control veterinario.

Existe un convenio europeo (artículos 62 y 63) sobre protección de animales de compañía del Consejo de Europa que constituye el marco jurídico para los 48 países miembros del Consejo de Europa, incluyendo los 28 de la Unión Europea, en el que se establecen los principios básicos para asegurar la protección de los animales de compañía y que regula el uso de estos animales en publicidad y espectáculos.

En 2023, la reestructuración de los ministerios en España ha llevado a cambios en las competencias relacionadas con la gestión de los rodajes con animales. Actualmente, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 es el encargado de la protección, derechos y bienestar de los animales, según la nueva Ley de Bienestar Animal​.

El Gobierno de España facilita información sobre la protección de los animales durante su transporte y sobre la protección de los animales en este enlace.

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