Armas y material militar

La normativa de uso de armas en filmaciones en España se recoge en el Reglamento de Armas, aprobado en 1993, en especial en su artículo 153, modificado en noviembre de 2020 (BOE-A-2020-9134).

“En recreaciones históricas, espectáculos públicos, filmaciones y otras artes escénicas, sólo se podrán utilizar armas de alarma y señales, armas acústicas y de salvas y armas inutilizadas, así como las armas de coleccionista con pólvora sin proyectil que posean los punzonados o certificados correspondientes del banco oficial de pruebas.»

En España existen empresas especializadas en proporcionar armas de atrezzo y truco para simulación de fuego real sin riesgo para los rodajes. Las empresas de efectos especiales, con una larga tradición en nuestro país, están especializadas en realizar fuegos, efectos pirotécnicos o explosiones con los elementos de seguridad necesarios, así como el transporte y almacenaje de estos productos. También puedes encontrar especialistas de acción profesionales que trabajan en escenas de riesgo. Todas las empresas están homologadas y tienen autorización para el uso de estos elementos. Este permiso debe ser solicitado para cada rodaje en la delegación local de la guardia civil o la policía autonómica, según el territorio donde se realice el rodaje.

También se pueden obtener armas y material explosivo para ser usado en rodajes, a través de las delegaciones territoriales tanto de la Dirección Nacional de Policía o de la Guardia Civil.

Las oficinas de la red de Spain Film Commission proporcionan los datos de contacto para buscar empresas y profesionales, así como para obtener las correspondientes autorizaciones.

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